lunes, mayo 04, 2009

Reyertas 36: Las relaciones laborales y las intenciones de Lozano, III

Cuando los catarritos se complican, ¿hasta la lucha nos roban?

En estos días en que la paranoia rige imperiosa la vida de los mexicanos, resulta realmente hilarante, por decir lo menos, la cantidad de patrañas basadas en la teoría de la conspiración que han aparecido en el famoso radio pasillo. Desde la que perjura que esto no es más que la acción para favorecer a las farmacéuticas judías, hasta los que creen que todo el numerito de la Influenza porcina ha sido una invención del Estado. Cierto que el momento político en que se implementó la alarma deja muchos elementos de sospecha en el camino. Desde el cierre de la mina de Cananea, pasando por la aprobación de la ley de Seguridad Nacional que permite la intervención policiaca de las comunicaciones personales, hasta llegar a la suspensión de los actos conmemorativos del Día del trabajo y minimizando los de Atenco. Aún así, lo deprimente en el caso de las supuestas posturas progresistas en México, es que no vayan más lejos que las especulaciones que no rebasan el ámbito de los rumores: la rumorología como obstinada práctica ¿revolucionaria? En todo caso, y pese a que el peso de la corrupción y los intereses inconfesables vuelven paquidérmica la acción cotidiana del gobierno federal, ha demostrado con este episodio de la gripe porcina que tiene mayor imaginación que los progresistas. Si bien la ineptitud oficial permitió que un accidente se volviese un problema grave de salud, cuando en otros lugares con situaciones similares no ha llegado a tanto, también hay que decir que el manejo de la situación desde el propio gobierno le ha permitido sacar una tajada política importante, que tal vez no se concrete en el repunte electoral del partido presidencial, pero sí las miserias de la oposición (y no solamente la organizada en partidos electorales) que ha sido incapaz de afinar la mira para desactivar el belicoso arsenal desinformativo. El manejo del sistema de salud por parte del señor José Ángel Córdova Villalobos ha sido tan riguroso, preciso, certero y claro como el que el señor Agustín Carstens Carstens ha hecho de los recursos económicos del país. Por eso en el primer caso estamos ante una crisis de salud y en el segundo nada más ante un simple “catarrito”.

Pero a los preclaros izquierdosos mexicanos solamente les alcanza para rumiar sus sospechas sobre que todo esto no es más que un truco para encubrir alguna “tranza” del gobierno, tal como lo fue el chupacabras… A pocos se les ocurre que las preguntas indispensables en este momento, no son siquiera cuál es el origen del virus o dónde muto, sino que están por el lado de saber por qué en México una enfermedad que en países con sistemas de salud tan desastrosos como el de Estados Unidos (remember: Sicko de Michael Moore), la letalidad de la misma infección es del 0.6%, mientras que en México (aún haciéndole caso a las errpaticas cifras de Córdova la letalidad de esta variante de Influenza es del 4%. ¿Dónde está la investigación médica?, ¿dónde la capacidad de los laboratorios farmacéuticos?, ¿dónde la atención del IMSS, ISSSTE o SSA alcanza a cubrir las necesidades de la población?, ¿por qué el sistema inmunológico de los mexicanos es tan limitado? ¿Cómo se está aprovechando la facción política de la situación? Estás y otras preguntas han quedado relegadas por las explicaciones fáciles. Así, el gobierno de Felipillo I el espurio podrá tener muy poca imaginación política; pero, ¿entonces porqué está aprovechando la situación para generar mayor confusión y pánico entre la población? ¿Dónde esa claridad intelectual? ¿Solamente alcanza para denunciar fraudes electorales?

A propósito de lo anterior. Es preciso reconocer que no todas las izquierdas son igual de carentes de imaginación e iniciativa. Hay que resaltar la acción que los abogados miembros del Comité Nacional de Estudios de la Energía (CNEE) están tomando para levantar amparos en contra de la suspensión de garantías que anunció el gobierno aprovechando la epidemia. Por cierto, para concluir esta nota urgente, es preciso llamar a que a los trabajadores no se nos robe el 1° de mayo so pretexto de la Influenza, hay que estar atentos a la reprogramación de los actos de lucha.

Mayor explotación relativa, mayor explotación absoluta y absoluta opresión

En la entrega anterior (Reyertas 35) abordé cuatro de las formas de contratación que los empresarios representados por el secretario del trabajo, Javier Lozano, promueven como la solución sine qua non éste país puede incrementar su competividad. Me refería a los contratos por periodo de prueba, los de capacitación inicial, por temporada y los contratos para laborar en el extranjero. Sobre estos últimos se dijo muy sintéticamente que, según el documento Hacia una Reforma Laboral para la Productividad y la Previsión Social de la STPS, reducen los costos que el patrón extranjero debe cubrir para obtener la fuerza de trabajo que se llevará. Esto es, en la fracción I del artículo 28 de la LFT se establece literalmente:

b) Los gastos de transporte, repatriación, traslado hasta el lugar de origen y alimentación del trabajador y de su familia, en su caso, y todos los que se originen por el paso de las fronteras y cumplimiento de las disposiciones sobre migración, o por cualquier otro concepto semejante, serán por cuenta exclusiva del patrón. El trabajador percibirá integro el salario que le corresponda, sin que pueda descontarse cantidad alguna por esos conceptos.

En cambio, en el documento de la STPS, se suprime el inciso a) en que se exige el cumplimiento de los requisitos del artículo 25, así como la obligación de los patrones a cumplir con los costos derivados del transporte y se retira también la cláusula que vela por la integridad salarial del trabajador, para quedar en los siguientes términos:

a) Indicar que los gastos de repatriación quedan a cargo del empresario contratante;

b) Las condiciones de vivienda decorosa e higiénica que disfrutará el trabajador mediante arrendamiento o cualquier otra forma;

Por si esto fuese poco en el documento del señor Lozano se elimina el inciso c) de la citada fracción del artículo 28 de la LFT, que obliga a los empresarios extranjeros contratantes a darle a los trabajadores mexicanos las mismas prestaciones sociales de las que gozan el resto de los trabajadores nativos. Todavía más, en el documento se agregarían dos artículos, el 28-A y el 28-B que legalizarían a las agencias reclutadoras de trabajadores, que serían una versión moderna de las compañías tratantes de pieles que condujeron a miles de africanos a las colonias europeas en América entre los siglos XVI y XIX.

Es decir, bajo el pretexto de que la fuerza de trabajo mexicana sea más competitiva, se abre la puerta para que los empresarios se desentiendan de realizar todos los gastos que requiere la contratación de trabajadores.

Por otra parte, en las pretendidas modificaciones al artículo 56 se abre la posibilidad para que los trabajadores desempeñen múltiples tareas en el proceso de trabajo. Ello es un arma de doble filo, pues si bien resulta cierto que la división de trabajo en el modo capitalista de producción limita el conocimiento del trabajador sobre el conjunto del proceso productivo, también es cierto que la plurifuncionalidad de los trabajadores ha sido un pretexto para que los empleadores contraten a una menor cantidad de aquéllos, lo cuál ha redundado en la sobreexplotación de la fuera de trabajo. Este fenómeno no es nuevo, es algo que la legislación vigente acotó desde su surgimiento al implementar el derecho al trabajo en la Constitución de 1917. En otras palabras, la multifuncionalidad de los trabajadores es una consigna que los empresarios de hoy están intentando rescatar del pasado porfirista de México.

Respecto a la jornada labora, incluyendo días de descanso y períodos vacacionales, no se pretenden grandes modificaciones, salvo la flexibilidad para que las fechas de asueto marcadas en el artículo 74 de la LFT se celebren en días distintos a los marcados, lo cual sería un precioso vacío legal para que al final no se cumpla con el asueto. Por lo demás se mantienen las inconsistencias y puntos que realmente no se cumplen en la práctica (como el pago doble por laborar en el día de descanso, la definición bilateral y clara del día de descanso, se mantiene solamente media hora de descanso durante la jornada, el computo del tiempo de comida como parte de la jornada cuando no haya la posibilidad de que el trabajador ingiera sus comidas fuera del establecimiento laboral, etc.), mucho menos se establecen mecanismos que obliguen a los empleadores a cumplir con las disposiciones vigentes, pese a que son las normas que se violentan con mayor frecuencia. Una muestra más de la lógica del capitalista, que proclama el imperio del Estado de derecho siempre y cuándo éste se aplica de ellos hacia el resto del mundo y no viceversa.

Con respecto a las condiciones salariales la situación pintada por el documento de la STPS tampoco es demasiado promisoria para los trabajadores, por el contrario, es uno de los puntos que más gravemente se atacan.

Por principio de cuentas, es preciso recordar que pese a los buenos deseos de la intelectualidad izquierdosa, la fuerza de trabajo es una mercancía que se oferta libremente en el mercado capitalista, aunque de ello reniegue con todas sus fuerzas el buen Armando Bartra (véase la serie “La Gran Crisis” en La Jornada, 10, 11, 12, 13 y 18 de abril de 2009). Pero mientras una de las características del capitalista es que tiende a incrementar gradualmente la concentración de los medios de producción, así como de su producto, en el lado contrario de la ecuación, la libertad de los trabajadores (hasta de los medios de subsistencia) les obliga a venderse cada vez en mayor cantidad, con lo cual la competencia entre obreros se agudiza y solamente podrá ser ganada por los trabajadores que le ofrezcan las mejores condiciones de explotación al patrón. Ese mecanismo le permite al dueño de los medios de producción obligar a la fuera de trabajo a que le otorgue un crédito. Es decir, el capitalista no paga al vendedor la mercancía que va a consumir en el proceso productivo, sino que el vendedor tiene que ver primero cómo se consume su mercancía (fuerza de trabajo) antes de que el capitalista se la pague. Pero no conforme con esto, el capitalista también obliga al trabajador a aceptar un precio bajo por la mercancía que éste oferta.

En esos términos, la economía solamente conduce a un estado progresivo de empeoramiento social. Mientras menor precio perciba y más tenga que esperar el trabajador para que se le pagué el valor de su mercancía, mayor es la concentración de capital que se está desarrollando en la alta esfera de los capitalistas. Esa concentración es mayor en tanto los trabajadores carezcan de los medios organizativos que impongan una distribución más amplia del ingreso generado en el sistema capitalista de producción. A la postre, la alta concentración va generando las condiciones para el crecimiento del grado de monopolio en una economía. Podría sintetizarse lo anterior, refiriendo que la tendencia al monopolismo del capital es perjudicial para la mayoría de los capitalistas, pero estos requieren de alentar su paso franco si quieren competir con el resto de los capitalistas.

Partiendo de lo anterior, resulta claro que es un logro histórico de la organización de los trabajadores el salario por jornada laboral, no por hora, pues al combinarse la retribución por día de trabajo con los límites de ocho y siete horas a la jornada se obliga a los empresarios a invertir una mayor cantidad de sus ganancias en innovaciones tecnológicas que permitan desempeñar las tareas en forma más sencilla. Al homologar el salario a la jornada se consigue una disminución relativa de la explotación, en términos sociales, pues mientras al obrero obligado a cumplir con el límite de la jornada de ocho horas se le extrae una mayor cantidad de plusvalor absoluto, el que trabaja media jornada debe recibir, según la ley, un salario como si hubiese laborado la jornada completa. En este segundo caso, la tasa de explotación absoluta desciende, pues al trabajador de medio tiempo no se le pueden extraer tantas horas de plustrabajo. Con la modificación al artículo 83 de la LFT que se propone en el documento del secretario Lozano, el pago por horas impediría que ese equilibrio se presentase y el capitalista tendría manos libres para extraer del trabajador la mayor cantidad de plustrabajo absoluto que desease. Tal asunto, es uno de los más delicados porque sus repercusiones irían del menor desarrollo tecnológico a la agudización de la explotación y la opresión de los trabajadores. Una vez más, por la vía del abaratamiento de la fuerza de trabajo en pro de la competitividad. Ni la muerte ni la derrota son opciones: ¡NECESARIO ES VENCER!

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Uy, hay tanto que comentar a todo lo que expones. Pero por ahora me quedo con lo último del post: el pago por horas o por jornada. Me parece que el salario por horas se ha extendido en el mercado laboral (hay quienes lo vivimos en carne propia). Según veo, de lo que se trataría con la reforma, como en los otros casos que ilustras, sería de dar carácter totalmente legal y válido a esta práctica tan perniciosa para los trabajadores que ya ocurre de hecho...
...Y por acá que parece que no tenemos la suficiente memoria, ni la suficiente claridad como para saber todo lo que eso significa...En ese sentido, tu nota es importantísima para entender y no dejarse.
Saludos.
Lorena.

Asaltante rojo dijo...

Gracias por el comentario, y ojalá esta información sea útil para que los trabajadores no permitamos que se conculquen los derechos que tanto esfuerzo constó obtener a lo largo de la historia de los movimientos obreros.