Pese a los esfuerzos desplegado por los gobierno neoliberales para presentar una imagen del Estado como incapaz para otorgar seguridad social y, por tanto, ésta debe quedar en manos del capital conforme a las condiciones imperantes en el mercado (porque solamente su bonhomía garantiza la eficiencia de la seguridad social a los trabajadores); queda claro que los mecanismos de seguridad social son una conquista histórica de los trabajadores. No solamente se trata de los artículos constitucionales que obligaron al Estado mexicano a construir una estructura de protección hacia la sociedad, sino de crear mecanismos para repartir el ingreso: evitando al capital monopolista. Pero, desde la década de los años setenta del siglo XX, la conversión de México en país petrolero sentó las bases, al contrario de lo que ha expuesto en diversos foros Pablo Yankelevich sobre el populismo, para finiquitar el modelo de protección social que se había aplicado. El descubrimiento del megayacimiento petrolero de Cantarell en la sonda de Campeche permitió al gobierno introducir reformas fiscales que han ido liberando a los grandes capitalistas de la obligación de pagar impuestos. El resultado fue la progresiva concentración del ingreso con la consecuente aparición del capital monopolista.
Gracias al creciente ingreso petrolero, se hizo a un lado la política fiscal de gravar con mayores tasas a las empresas con mayor capital y mejores ganancias. Si la legislación tributaria desarrollada durante el desarrollo estabilizador no cumplía al cien por ciento con el principio constitucional, porque habría implicado cerrar los caminos que muchos funcionaros públicos emplearon para convertirse en prominentes empresarios, tal como lo narró Carlos Fuentes en su Región más transparente. Paulatinamente se redujeron las tasas diferenciadas del Impuestos Sobre la Renta (ISR), extinguiendo el carácter progresivo del régimen fiscal, que ha causado que el gobierno de este país sea de los peores recaudadores del mundo. También se comenzó a perdonar a los grandes capitalistas las cuotas para el Seguro Social. Los bancos paraestatales financiaron a esos capitalistas para que adquiriesen más de 1,100 empresas paraestatales que los gobiernos neoliberales privatizaron con dinero del erario y sin que los grandes capitales tuviesen que desembolsar grandes cantidades (véase el caso de TV Azteca).
Creadas las condiciones para que el capital monopolista absorba las ganancias generadas, el gobierno todavía quedó con la obligación de pagarle réditos por préstamos para funcionar. Al final del enredo, por la vía del financiamiento se anularon las posibilidades del Estado para garantizar a los mexicanos la seguridad social. Sobre todo, el derecho de los trabajadores a las prestaciones por generar plusvalor.
Conforme las reformas estructurales en la economía se han ido desplegando, el capital monopolista en México se fortalece mediante la Inversión Extranjera (directa e indirecta). En lugar de emplearse ésta para desarrollar las fuerzas productivas en el país, no son más que cantidades monetarias que se utilizan para que el capital trasnacional se apropie de la producción interna sin exponerse realmente: las pérdidas son absorbidas tanto por los capitalistas nacionales como por el propio erario público. El resultado ha sido la erosión profunda de las condiciones de vida de la clase trabajadora. Ya en la entrega de Reyertas 24 denunciábamos que hasta finales de 2008 poco menos de la tercera parte de los trabajadores tenía empleos dignos, es decir que contaban con un ingreso al menos igual al valor de la fuerza de trabajo, su trabajo era estable y contaban con seguridad social. En aquél momento eso equivalía, en números redondos, a unos 13 millones de trabajadores. Sin duda que la depresión (la fase más difícil del ciclo económico medio) que se está atravesando ya en el país ha agudizado el problema reduciendo la cantidad de trabajadores con condiciones dignas, en contraste con el incremento de la Población Económicamente Activa (PEA) y la población en edad de trabajar.
En este espacio se ha venido analizando desde febrero pasado el documento Hacia una Reforma Laboral para la Productividad y la Previsión Social que presentó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en el foro del Senado México ante la crisis: ¿qué hacer para crecer?. El elemento más llamativo y el primero que se percibe de dicho ejercicio es que la orientación que el gobierno de Felipillo I, el espurio, pretende darle a una reforma a la legislación laboral, sería la de profundizar los instrumentos legales que posibilitan la concentración del ingreso en manos de los capitalistas monopolistas. Ese objetivo se cumple mediante el empobrecimiento de los instrumentos que amplían la distribución de la riqueza, tal como lo es la seguridad social. Aunque sí es importante subrayar que en el caso de los mecanismos de seguridad social, que desde la perspectiva de estudio que he utilizado identificó éstos en cuatro rubros: integridad de los trabajadores (lo que incluye todos los aspectos de salud desde la prevención de accidentes hasta el cuidado médico de los familiares y los asuntos relacionados con las jubilaciones y pensiones), capacitación para el trabajo (puesto que el capitalista es el principal beneficiario de la mercancía fuerza de trabajo es indispensable que sea él quien corra con los gastos por entrenar y actualizar a los trabajadores), vivienda y esparcimiento; el documento de la STPS no es el arma principal de los capitalistas para profundizar su desmantelamiento. La desarticulación de la seguridad social se ha dado con mayor fuerza en las reformas que se han realizado a los institutos de salud, los regímenes jubilatorios y pensionarios (introducción de las AFORES), a los fondos para la vivienda (Infonavit y Fovissste), así como del entorpecimiento para que los trabajadores puedan ejercer su derecho a descansar el tiempo suficiente (tanto entre jornadas laborales como en los periodos vacacionales).
No obstante, también en la práctica se han presentado condiciones violatorias a la legislación laboral vigente que son solapadas por las autoridades encargadas de hacer cumplir la Ley Federal del Trabajo (LFT). Así, tenemos que las inspecciones a los centros de trabajo en lugar de ser una rutina son una rara excepción, los servicios médicos administrados por el gobierno han sido desmantelados para favorecer el negocio de los hospitales privados así como de las compañías farmacéuticas, a las mujeres se les niega el derecho al trabajo o se les paga una remuneración inferior por trabajo igual debido a que por su condición de mujeres con posibilidades de quedar embarazadas tienen mayores costos laborales (¡vaya con el premodernismo cavernario de nuestros buenos capitalistas posmodernos!), los patrones evaden pagar las cuotas del seguro social obligando a sus empleados a firmar contratos donde éstos declaran falsamente que ya tienen otro empleo donde tienen seguridad social, los contratos temporales impiden que los trabajadores acumulen semanas de cotización para su jubilación, la flexibilidad laboral evita que los empleados tengan horarios fijos, las temporadas vacacionales difícilmente son respetadas conforme a lo estipulado por la LFT.
Respecto a la integridad de los trabajadores, como consideración inicial de la seguridad social, ésta comienza desde el centro de trabajo mismo, manteniendo las condiciones laborales en un estado óptimo. Debido a las características de las actividades productivas no es posible evitar que ocurran accidentes de trabajo o que a largo plazo algunos trabajadores desarrollen determinadas enfermedades crónicas. Sin embargo, sí es posible reducir la cantidad de accidentes, así como la incidencia de los males asociados con cada trabajo. Pero para lograr eso es indispensable un funcionamiento correcto y fluido de la Inspección del Trabajo, elemento al cuál me referí en las entregas de Reyertas 30 y Reyertas 31. El problema fundamental se encuentra, como decía en marzo pasado, en que a pesar de darle un papel más activo a los Inspectores, la mayor capacidad de acción de éstos resulta en una simple ilusión. La trampa puede apreciarse en las fracciones V y VI del artículo 541. En la LFT vigente en las mencionadas fracciones se asienta como funciones de los Inspectores las de “Sugerir se corrijan las violaciones a las condiciones de trabajo” y “Sugerir que se eliminen los defectos comprobados en las instalaciones y métodos de trabajo cuando constituyan una violación de las normas de trabajo o un peligro para la seguridad o la salud de los trabajadores…”, respectivamente. Queda claro que a nivel de sugerencia los patrones no están obligados a corregir en lo más mínimo las condiciones anómalas de producción. En el documento de la STPS no se cambia una coma en el caso de la fracción V, lo que quiere decir que a la autoridad solamente le interesarían los casos graves. Pero, pese a que en la fracción VI sí se sustituye el verbo sugerir por el disponer, que implica mayor capacidad de decisión para los inspectores, aunque el detalle también está en que en el documento de la STPS también se divide en dos partes la fracción VI, en la segunda se faculta a los inspectores a ordenar que se adopten las medidas necesarias para solventar las situaciones de inminente riesgo, siempre y cuando la Inspección General de Inspección Federal de su venía. Ni la muerte ni la derrota son opciones: ¡NECESARIO ES VENCER!
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